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Category: INSTITUCIONAL

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Funciones del Consejo

Vigilar el cumplimiento de la Ley Nª4683/78 y su reglamentación, ejerciendo por medio del presidente, las acciones administrativas y judiciales que correspondan.

•   Defender los intereses morales e intelectuales de las profesiones mencionadas.

•   Promover la divulgación y profundización de los conocimientos profesionales en sus aspectos tecito y científicos, mediante conferencias y actos destinados a tal fin y organizar sesiones públicas, en las que se discutan problemas vinculadas al ejercicio de las profesiones.

•  Asesorar al Poder Ejecutivo y a las reparticiones técnicas en los problemas de orden técnico, sea por vía de sugestiones que podrá hacer llegar de oficio sea respondiendo a consultas que le fueran formuladas oficialmente.

•  Formar el Registro Oficial Permanente de los Profesionales, conservando y manteniendo actualizadas las matriculas.

•  Establecer el alcance de los títulos profesionales.

•  Proyectar las normas éticas de actuación profesional.

•  Velar por el cumplimiento de las normas éticas de la profesión.

Dictar las normas técnicas a las que deberán ajustarse los matriculados y aplicar correcciones y sanciones disciplinarias.

Defender el prestigio de la institución.

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